2da Hipótesis
Las transformaciones políticas no llegan con las sentencias judiciales.
Alcances reales de las sentencias - capacidad organizaciones indígenas y equipos jurídicos de exigir y supervisar el cumplimiento integro de los requerimientos de las sentencias.
LAS ESTRATEGIAS JURÍDICAS SON SIMPLES INSTRUMENTOS DE PROCESOS MÁS PROFUNDOS DE TRANSFORMACIÓN POLÍTICA.
Diversas formas de aproximación y subordinación de lo jurídico a lo político:
- organizaciones activas en los espacios internacionales han centrado su finalidad en la acción jurídica.
¿Qué nivel de impacto tienen estos éxitos jurídicos en la realidad comunitaria y/o organizativa presente y futura?
- organizaciones que centran todo su trabajo jurídico en la subordinación política a los diversos procesos definidos por las autoridades comunitarias y/o organizativas. Procesos largos, con conflictos internos, pérdida de confianza.
¿Existe una correlación entre lo que se logra y los esfuerzos invertidos en esos logros? ¿Podríamos haber logrado esos impactos por otros medios?
3era Hipótesis
1ª Hipótesis
A más logros jurídicos, más aumenta la brecha de implementación
Tiempos de crisis, tiempos de oportunidades.
ÚLTIMAS DÉCADAS
- Proliferación judicialización de casos relacionados con los derechos de los pueblos indígenas ante los diversos mecanismos internacionales de derechos humanos.
- Desarrollo de estándares internacionales de derechos humanos.
MOMENTO CLAVE: declaración de Naciones Unidas
Crisis de credibilidad y eficacia de los mecanismos internacionales de protección de los derechos:
- Presiones de los Estados
- Incapacidad mecanismos para que sus decisiones sean aceptadas, respetadas e implementadas por los Estados.Especialmente sistema interamericano; menor medida, ámbito de la ONU.
Falta de implementación de estándares internacionales en los ámbitos nacionales.
La brecha de implementación no hace más que aumentar.
Hipocresía de los Estados:
- acuden a foros internacionales con grandes discursos y ¨sus¨ autoridades indígenas
- negación de derechos, invasión de territorios, criminalización de dirigentes ¨radicales y/o terroristas¨
- aumento de las condiciones de pobreza de las comunidades.
Complementar utilización de estos mecanismos con otro tipo de acciones que pueden generar impactos interesantes en procesos jurídicos de reconocimiento de derechos:
- mecanismos de control de las entidades financieras
- mecanismos de control de organizaciones internacionales como la OCDE
- acciones directas contra empresas y actores privados además de contra los estados
- desarrollo del principio de extraterritorialidad de los derechos humanos para trasladar los procesos judiciales a países de origen de los actores que provocan violaciones de derechos.
Rechazo y negación de los mecanismos internacionales de derechos humanos por parte de los Estados.Caso Brasil – Ecuador: la brecha de implementación seguirá aumentando.
EL TRABAJO POLÍTICO JUNTO CON EL JURÍDICO NO ESTÁN PROVOCANDO LOS PROCESOS DE TRANSFORMACIÓN NECESARIOS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y EN ALGÚN MOMENTO DE LOS TRAYECTOS ENTRE LAS COMUNIDADES Y LOS ESPACIOS INTERNACIONALES LOS PROCESOS SE DETIENEN O DEBILITAN.
¿Cómo podemos incorporar nuevos espacios de actuación y nuevos mecanismos cuasi-jurídicos?¿Merece la pena dejar de perseguir a los Estados y centrar las reclamaciones en otro tipo de actores?
¿Cómo se debe desarrollar el trabajo jurídico para lograr el máximo nivel de impacto y eficacia?
Aportes para una reflexión crítica sobre el accionar jurídico en espacios indígenas
Encuentro Internacional de Intercambio sobre Estrategias de Defensa de Derechos
Mikel Berraondo - ALMÁCIGA
Neuquén, 20-21-22 junio 2013