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Entidad Certificadora de Firmas
Mediante Resolución N° 481-20-2008, el 8 de octubre de 2008, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) acreditó al Banco Central del Ecuador como Entidad Certificadora.
Mediante Resolución N° 640-21-2010, el 22 de octubre del 2010, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) acreditó a la compañía SECURITY DATA SEGURIDAD EN DATOS Y FIRMA DIGITAL S.A. como Entidad de Certificación de lnformación y Servicios Relacionados
La principal función de la Entidad de Certificación es la Emisión de Certificados de Firma Electrónica para personas naturales o jurídicas.
De acuerdo al Reglamento General de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en el articulo “Acreditación para Entidades del Estado”, señala: “Las Instituciones públicas obtendrán certificados de firma electrónica, únicamente de las Entidades de Certificación de Información y Servicios Relacionados Acreditadas, de derecho público. “
Las aplicaciones más relevantes en el uso de Firma Electrónica son aquellas que permiten la generación de documentos electrónicos que tengan validez jurídica comprobable en términos del aseguramiento de la identidad de quienes firman o emiten dichos documentos.
La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.
Son los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo.
Puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relación con el mensaje de datos, e indicar que el titular de la firma aprueba y reconoce la información contenida en el mensaje de datos.
Una firma electrónica puede utilizarse para firmar electrónicamente: correos electrónicos, facturas electrónicas, contratos electrónicos, ofertas del Sistema Nacional de Contratación Pública, transacciones electrónicas, trámites tributarios electrónicos o cualquier otro tipo de aplicaciones donde se pueda reemplazar la firma manuscrita y se encuentre facultado para hacerlo dentro del ámbito de su actividad o límites de su uso. Un certificado de firma electrónica puede ser utilizado por personas naturales, jurídicas (representante legal y/o pertenecientes a empresas), funcionarios o servidores públicos de acuerdo a su actividad y conveniencia.