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NATHALIA JOHANA SALAZAR PIEDRA
Asesor Metodológico
CLAUDIA GARCÍA MUÑOZ
Asesor Temático
ALBA LUCÍA MURILLO RESTREPO
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, SOCIALES Y HUMANÍSTICAS
PROGRAMA DE DERECHO
PEREIRA, 2011
Capítulo I
Presentación y formulación del problema
Capítulo II
Marco teórico
Capítulo III
Explicaciones metodológicas
Capítulo IV
Conclusiones y recomendaciones
¿La Conciliación Extrajudicial en la Jurisdicción de Familia como requisito de procedibilidad, ha contribuido eficazmente a la descongestión de despachos judiciales en el Municipio de Cartago?
Tener un conocimiento más amplio del tema obteniendo criterios básicos para argumentar sobre el mismo.
Lectores docentes, abogados, funcionarios públicos, conciliadores y estudiantes.
La sociedad colombiana se ha visto afectada por una alta tendencia a la litigiosidad, propiciada por factores como un complejo y preocupante nivel de conflictividad ciudadana y la ausencia de una real cultura de autocomposición de las diferencias.
Identificar la eficacia que tiene la figura de la Conciliación Extrajudicial en la Jurisdicción de Familia como requisito de procedibilidad en la descongestión de los despachos judiciales en el Municipio de Cartago, en el primer semestre de 2.010.
Identificar el número de conciliaciones celebradas en el primer semestre de 2.010 en el Municipio de Cartago y sus resultados.
Conocer el número de procesos que se tramitaron por haber fracasado la conciliación, en el primer semestre del año 2.010 en los juzgados primero y segundo de familia del Municipio de Cartago.
Identificar los obstáculos y restricciones y/o fortalezas y contribuciones que se dan en la aplicación de la figura de la conciliación extrajudicial en materia de familia, como requisito de procedibilidad para la descongestión de los despachos judiciales.
RAE
Etimológicamente
Lucha de seres
Funcional
Disfuncional
Individual
Organizacional
Internacional
Conciliación
Arbitraje
Mediación
Amigable composición
Judicial
Extrajudicial
Artículo 116 Inciso 4 Constitución Política.
La Ley Estatutaria de Administración de Justicia en los artículos 8 y 13.
a. Existencia de un conflicto.
b. Ánimo conciliatorio.
c. Presencia e intervención de un conciliador.
d. Acuerdo conciliatorio.
e. Beneficios de orden personal, familiar y social.
Principios orientadores de imparcialidad, neutralidad e independencia.
Hace tránsito a cosa juzgada.
Presta mérito ejecutivo.
Suspende la caducidad de la acción.
Interrumpe la prescripción.
-Los objetivos de la conciliación en familia se enmarcan dentro de las relaciones de la familia que se establecen en el núcleo familiar
-La conciliación en familia es especial y diferente de la realizada en legislaciones, en su forma y contenido, por dos aspectos...
-La conciliación en familia es una institución con autonomía jurídica
Ley 640 de 2001, normatividad creadora del requisito de procedibilidad.
Definición.
Concepto y alcance del Requisito de Procedibilidad en general:
No existe concepto genérico.
Disposiciones jurídicas antiguas para acceder a la justicia.
Jurisprudencia de la Corte de acceso a la justicia. C-037/96
(No sólo ante los jueces sino a través de mecanismos).
Obligación - sanción.
La Corte Constitucional C-1195/01
“La prejudicialidad de dicho mecanismo consiste en que la demanda presentada ante los jueces competentes es rechazada de plano, si con anterioridad no se ha celebrado la audiencia de conciliación que hace posible, mas no obligatoria, la solución anticipada del conflicto”.
El art. 31 de la Ley 640 de 2001, establece quienes son los funcionarios facultados para celebrarla:
1.- Conciliadores en los Centros de Conciliación.
2. Defensores de Familia
3.- Comisarios de Familia
4.- Delegados regionales y seccionales de la Defensoría del Pueblo
5.- Agentes del Ministerio Público ante las autoridades judiciales y administrativa en asuntos de familia.
6.- Notarios
7.- A falta de los anteriores, los Personeros y los jueces civiles o promiscuos municipales.
Custodia y régimen de visitas sobre niños, niñas y adolescentes.
Obligaciones Alimentarias.
Declaración de Unión marital de hecho, su disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial.
Rescisión de la partición en las sucesiones y en las liquidaciones de sociedad conyugal o de sociedad patrimonial entre compañeros permanentes.
Conflictos sobre capitulaciones matrimoniales.
Controversias entre cónyuges sobre la dirección conjunta del hogar y entre padres sobre el ejercicio de la autoridad paterna o la patria potestad.
Separación de bienes y de cuerpos del matrimonio civil o canónico.
La suspensión de la vida en común de los cónyuges.
La separación de bienes y la liquidación de sociedades conyugales por causa distinta de la muerte de los cónyuges.
Los procesos contenciosos sobre el régimen económico del matrimonio y derechos sucesorales.
La Nulidad del matrimonio civil.
La Interdicción.
La Adopción.
Los procesos de jurisdicción voluntaria.
Los procesos en que un curador ad litem actúe como representante de la parte emplazada.
El estado civil de las personas.
Los alimentos futuros.
Los derechos que no admiten discusión.
Derechos inexistentes.
1. En caso de que la parte que pretenda demandar ignore o desconozca el domicilio, el lugar de habitación y el lugar de trabajo del demandado o que éste se encuentre ausente y no se conozca su paradero.
2. Cuando se pida el decreto y práctica de medidas cautelares.
Sanción por no cumplir con el agotamiento de la conciliación como requisito de procedibilidad.
Sanciones para las partes por no asistir a la audiencia de conciliación.
Sentencia C-1195-01
Manuel José Cepeda Espinosa
Marco Gerardo Monroy Cabra
“Como mecanismo de acceso a la justicia, la conciliación constituye una oportunidad para resolver de manera rápida un conflicto, a menores costos que la justicia formal..."
Constitución Política garantiza acceso a la justicia
Diferentes iniciativas - celeridad y eficacia - procesos judiciales
Esfuerzos materializados en normas
Ley 1285 de 2009 reformó la Ley 270 de 1996
Constitución Política - entidades o personas particulares - autorizadas - mecanismos alternativos carga laboral - eficacia.
Arancel a los usuarios del sistema judicial, el cual será reglamentado por la Sala Administrativa del CSJ mediante la expedición de un estatuto sobre expensas y costos.
Facultar a los jueces para imponer multas de dos a cinco salarios mínimos mensuales a las partes del proceso o sus representantes
Decreto 2651 de 1991.
Llamado decreto de descongestión judicial. Apareció artículo 101 C.P.C.
Ley 640 de 2001.
Artículo 31. La C.E.F, podrá adelantarse ante los Centros de Conciliación.
Artículo 32. Delegados defensoría del pueblo, personeros municipales y notarios.
Enfoque descriptivo analítico.
Diseño cuantitativo complementado con una información de tipo cualitativa
“Eficacia que tiene la conciliación extrajudicial en la jurisdicción en familia para la descongestión de los despachos judiciales”.
Fuentes primarias:
4 funcionarios Juzgados Primero y Segundo de Familia.
Fuentes secundarias:
-Cantidad de procesos radicados I semestre 2.010.
-Número de conciliaciones realizadas en:
-Defensoría de Familia en el ICBF.
-Comisaría de Familia en la Casa de Justicia.
-Cámara de Comercio.
-Notarias Primera y Segunda.
-Centro de Conciliación de la UCC.
1. En el tipo de fuente primaria
Entrevista semiestructurada
2. En el tipo de fuente secundaria
Matriz de verificación de conciliaciones tramitadas en el primer semestre del año 2.010
Doctrina, normatividad y jurisprudencia, investigaciones, manuales.
Recolección de la información necesaria.
Libros:
Curso de conciliación
La conciliación extrajudicial en derecho
Plan de estudios del diplomado en conciliación Cam. de Com.
Derecho procesal contemporáneo
Leyes y decretos:
Ley 23 de 1991 sobre conciliación y arbitramento
Decreto 2651 de 1991 sobre conciliación y arbitramento
Ley 446 de 1998 sobre el requisito de procedibilidad
Ley 640 de 2001 sobre conciliación
Ley 1395 de 2010 sobre descongestión judicial.
Trabajo de campo 3 aspectos
1. Recolección información No. de conciliaciones
2. Recolección información No. de procesos.
3. Recolección información de entrevistas.
Diligenciamiento de la matriz.
Sistematización y análisis cualitativo de entrevistas.
RESULTADOS DE LA MATRIZ DE VERIFICACIÓN DE CONCILIACIONES TRAMITADAS EN EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2010
RESULTADOS DEL INVENTARIO DE PROCESOS EN MATERIA DE FAMILIA
RESULTADOS DEL CUADRO DE SISTEMATIZACIÓN DE LAS ENTREVISTAS
La figura tuvo gran eficacia.
Conciliaciones 277. Acuerdo satisfactorio 223. 54 No acuerdo.
Factores de manejo que impiden su correcta aplicación:
conciliador y los despachos judiciales (Juzgados de Familia).
Alto el número de procesos que se tramitaron en los juzgados primero y segundo de familia del Municipio de Cartago en el primer semestre del 2010...
La conciliación extrajudicial ha venido transformándose en un trámite de proceso como tal, acompañado de largos periodos procesales, con prerrequisitos, términos, entre otros.
A juicio de la investigadora, mientras algunos conciliadores se acerquen a la conciliación extrajudicial en derecho con la finalidad única de agotar un requisito o de llenar un acta, sin importar servir de ayuda o de promover la solución del conflicto entre las partes, ésta figura no tendría ninguna eficacia.
A manera de crítica y con base en los conocimientos obtenidos a lo largo de la presente investigación, se puede notar que existe una gran dispersión en cuanto a la normatividad, tanto en leyes, decretos, reglamentos, etc., que regulan la conciliación en general y en especial la conciliación extrajudicial.
Los ciudadanos no cuentan con condiciones de igualdad en la calidad del servicio de conciliación que prestan los conciliadores funcionarios públicos y los centros de conciliación, afectando con ello el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Conciliación Extrajudicial en Derecho y por ende la administración de justicia.
Estado realice una debida promulgación de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos. Campañas, foros, debates, entre otros, que tengan como finalidad el conocimiento, el cambio de mentalidad o de cultura.
Ampliar y profundizar la enseñanza de la conciliación en las facultades de jurisprudencia y derecho.
Conciliadores, necesidad de promover excelencia en su aplicación.
Creación de un estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, con el fin de generar certidumbre y credibilidad en las personas acerca de estos mecanismos, sobre toco acerca de la conciliación, teniendo en cuenta que sería más fácil la ubicación y comprensión del tema, para cualquier persona, cosa que actualmente no se presenta por la dispersión de normas reguladoras del tema.
Son entidades que aportan en gran manera a la descongestión de los despachos judiciales puesto que es alto el grado de interés que tienen en llevar a cabo una correcta aplicación de la figura
Son más las fortalezas y contribuciones que se dan en la aplicación de la figura de la conciliación extrajudicial.
En derecho
En equidad